CENTRO DE CONTROL, COMANDO, COMUNICACIÓN, CÓMPUTO, CALIDAD Y CONTACTO CIUDADANO

Es la unidad administrativa de la Secretaría de Seguridad Ciudadana que tiene por objeto planear, organizar, programar, dirigir, controlar y evaluar las actividades que se realicen en los Centros de Control, Comando, Comunicación y Cómputo en el Estado, en coordinación con el Sistema Nacional de Seguridad Pública y las distintas instituciones de seguridad pública, de emergencias y de protección civil en el Estado para operar el Servicio de Atención de Emergencias 911 , así como el Programa Nacional de Denuncia Anónima 089 en la Entidad, entre otros.

Las corporaciones que participan en la atención de incidentes en los Centros son: Secretarias y Direcciones de Seguridad Pública Municipal, PGJE, PEP, Cruz Roja Mexicana, Bomberos, SEDENA, Policía Federal Sección Caminos y Policía Federal Sección Proximidad Social, Sistema Municipal de Transporte, DIF, Protección Civil del Estado, Protección Civil Municipal, UABC.

089 DENUNCIA ANÓNIMA

Es una dependencia de la Guardia Estatal de Seguridad e Investigación, la cual concentra los distintos medios que el Gobierno del Estado pone a disposición de la ciudadanía para efectuar denuncias anónimas de delitos. Este servicio se ofrece las 24 horas del día, todos los días del año.

Antecedentes


En fecha 21 de junio de 2004, se puso en marcha Programa Estatal de Cultura de la Denuncia, a través del Programa “Yo si denuncio”, el cual dio inicio con la operación del número telefónico 01 800 027 0067, para recibir denuncias en forma gratuita y anónima.

En fecha el 16 de junio de 2005 el Programa Denuncia Anónima 089 inicia operaciones en el Estado después de la firma del Convenio de Coordinación y Colaboración para la Operación del Programa “Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089”, con el cual se unificó en un prefijo telefónico de tres dígitos, de fácil memorización, gratuito y anónimo, la recepción de denuncias ciudadanas.

En enero de 2008 se habilitó un espacio en la página electrónica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana www.ssp-bc.gob.mx como herramienta adicional al prefijo telefónico 089, para recibir denuncias anónimas de delitos.

En febrero de 2009 se creó la dirección de correo electrónico denuncia089@c4bc.gob.mx como herramienta adicional al prefijo telefónico 089, para recibir denuncias anónimas de delitos por medio de la web.

El 21 de mayo de 2009 se creó el número gratuito de denuncia anónima 1866-201-5060 como herramienta adicional al prefijo telefónico 089, para recibir denuncias anónimas desde territorio de los Estados Unidos.

El 30 de junio de 2009 se implementó el Programa de Buzones Receptores de Denuncias Anónimas ubicados en puntos estratégicos.

El 01 de julio de 2009 se instituyó el Centro Estatal de Denuncia Anónima de Baja California, el cual viene a concentrar todas las herramientas disponibles para la recepción de denuncias anónimas en el estado.


Atribuciones

I. Planear, organizar, programar, dirigir, controlar y evaluar los servicios y las actividades que se realicen en los Centros de Control, Comando, Comunicación y Cómputo del Estado;

II. Mantener coordinación con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, las instancias federales, estatales y municipales correspondientes, así como con las distintas instituciones de seguridad pública e instituciones policiales y sus auxiliares en la Entidad, a que se refiere la Ley de Seguridad Pública, y las demás necesarias para el óptimo funcionamiento de los servicios proporcionados por los Centros de Control, Comando, Comunicación y Cómputo del Estado;

III. Dirigir y coordinar el servicio de asistencia telefónica para la atención de emergencias en el Estado, así como el establecimiento y actualización de los procedimientos necesarios para su operación, en los términos de la Ley de Seguridad Pública y demás disposiciones aplicables;

IV. Solicitar y recibir información en materia de seguridad pública, procuración de justicia, de protección civil y de cualquier otra índole de las autoridades federales, estatales y municipales, para los fines propios de la Dirección;

V. Dirigir y coordinar los proyectos, estrategias y actividades, así como supervisar la correcta operación de la Red Estatal de Telecomunicaciones de Seguridad Pública y su interconexión a la Red Nacional, en términos de la normatividad aplicable;

VI. Dirigir, coordinar e implementar la ejecución de los servicios y programas establecidos por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y las instancias federales, estatales y municipales correspondientes, aplicables a la entidad y que sean de su competencia;

VII. Mantener coordinación con las diversas instituciones de seguridad pública e instituciones policiales, y sus auxiliares en el Estado, en el resto del país y en el extranjero, así como con los demás Centros destinados para la atención de llamadas de emergencia de la población del país y el extranjero, para hacer más eficiente dicho servicio en el Centro a su cargo;

VIII. Establecer procedimientos operativos de manera conjunta con las distintas instituciones policiales y sus auxiliares en la Entidad, a que se refiere la Ley de Seguridad Pública, para garantizar la eficacia del servicio de asistencia telefónica para la atención de emergencias;

IX. Establecer una mesa de trabajo mensual con las distintas instituciones policiales y sus auxiliares en la Entidad, a que se refiere la Ley de Seguridad Pública, y demás instancias de primera respuesta de cada municipio, con el fin de revisar y ajustar los tiempos de respuesta, incidentes contenidos en el catálogo, así como las prioridades de atención, entre otras tareas;

X. Coordinarse con las áreas de protección civil de los tres órdenes de gobierno para la prevención de desastres naturales o emergencias mayores, así como para el auxilio de la población civil en caso de desastres;

XI. Establecer coordinación con el sector salud, así como con instituciones de asistencia médica públicas y privadas, para la prestación del servicio de asistencia telefónica para la atención de emergencias;

XII. Mantener coordinación con la Coordinación de Estadística de Seguridad Pública, para la realización de estudios, análisis, estadísticas e indicadores relacionados con la operación del servicio de asistencia telefónica para la atención de emergencias y la participación de las distintas instituciones policiales y sus auxiliares en la Entidad, a que se refiere la Ley de Seguridad Pública, en dicho servicio;

XIII. Supervisar que la infraestructura tecnológica de seguridad pública, se mantenga en óptimas condiciones de operación y atención a la ciudadanía;

XIV. Supervisar que el servicio de asistencia telefónica para la atención de emergencias, se mantenga en óptimas condiciones de operación, así como que sea brindado bajo los estándares de calidad requeridos;

XV. Desarrollar, innovar, mejorar y ampliar los sistemas tecnológicos que en materia de seguridad pública, presta el centro a su cargo;

XVI. Realizar los estudios y evaluaciones pertinentes, y en su caso gestiones ante las instancias correspondientes, que permitan ampliar la cobertura y mantener actualizada la infraestructura de la red estatal de telecomunicaciones de seguridad pública, así como para la prestación del servicio de asistencia telefónica para la atención de emergencias en la Entidad;

XVII. Gestionar y proporcionar capacitación y actualización al personal de los Centros de Control, Comando, Comunicación y Cómputo en el Estado, así como de las distintas instituciones policiales y sus auxiliares en la Entidad, a que se refiere la Ley de Seguridad Pública, participantes en prestación del servicio de asistencia telefónica para la atención de emergencias en la Entidad, sobre la utilización de las diferentes herramientas tecnológicas que lo integran;

XVIII. Proponer soluciones informáticas, tecnológicas y de reingeniería de procesos en las unidades administrativas adscritas a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, fomentando la automatización de procesos y el uso de tecnología de vanguardia;

XIX. Evaluar, los proyectos y operación informática de las distintas unidades administrativas de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, en coordinación con el departamento de informática de la Dirección de Administración;

XX. Coordinar, dirigir, planear y evaluar la utilización de sistemas de monitoreo y operación de los sistemas de vídeo vigilancia y de cámaras, así como de ubicación de unidades y cualquier otro sistema o infraestructura tecnológica de apoyo a las distintas instituciones policiales y sus auxiliares en el Estado, a que se refiere la Ley de Seguridad Pública, para su operación desde los Centros de Control, Comando, Comunicación y Cómputo del Estado, de conformidad con la normatividad aplicable;

XXI. Planear, coordinar y supervisar los esquemas de consulta y análisis de información en materia de seguridad pública y procuración de justicia que se lleven a cabo desde los Centros de Control, Comando, Comunicación y Cómputo del Estado, de conformidad con la normatividad aplicable;

XXII. Mantener vinculación permanente con la sociedad, organizando reuniones y jornadas, con el fin de promover los servicios que ofrece el Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo del Estado a su cargo, en conjunto con la Coordinación de Vinculación Social de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, y

XXIII. Las demás que le sean encomendadas por el superior jerárquico y aquellas que le confiera la normatividad aplicable.



Este servicio se ofrece las 24 horas del día, todos los días del año.
Actualmente existen cinco centros C4.

Mexicali en operación desde Mayo de 2001.
Teléfonos del Conmutador 686-559-80-00

Tijuana en operación desde Octubre de 2001.
Teléfonos del Conmutador 664 60789 00 y 607 89 12

Ensenada en operación desde Diciembre del 2002.
Teléfonos del Conmutador 646-172-3500 y 172-3514

Tecate en operación desde Noviembre del 2004.
Teléfonos del Conmutador 665- 654 9800. Fax 665-654 98 32

Playas de Rosarito en operación desde Agosto de 2006.
Teléfonos del Conmutador 661-614 4900 y 661-614-49-06