CENTRO DE CONTROL, COMANDO, COMUNICACIÓN, CÓMPUTO, CALIDAD Y CONTACTO CIUDADANO

Es la unidad administrativa de la Secretaría de Seguridad Ciudadana que tiene por objeto planear, organizar, programar, dirigir, controlar y evaluar las actividades que se realicen en los Centros de Control, Comando, Comunicación, Cómputo, Calidad y Contacto Ciudadano en el Estado, en coordinación con el Sistema Nacional de Seguridad Pública y las distintas Instituciones de Seguridad Pública, de Emergencias y de Protección Civil en el Estado para operar el Servicio de Atención de Emergencias 911, así como el Programa Nacional de Denuncia Anónima 089 en la Entidad, entre otros.

Las corporaciones que participan en la atención de incidentes en los Centros son: Seguridad Pública Municipal, Fiscalía General del Estado de Baja California, Fuerza Estatal de Seguridad Ciudadana, Cruz Roja Mexicana, Bomberos, SEDENA, Guardia Nacional, Secretaría de Marina, Protección Civil del Estado, Protección Civil Municipal.




Antecedentes


Mediante el uso de modernos sistemas de telecomunicaciones, el 30 de mayo del 2001 inició operaciones el primer Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo en Mexicali, posteriormente se fue creando los Centros de Tijuana (26-Oct-2001), Ensenada (19-Dic-2002), Tecate (26-Nov-2004), Playas de Rosarito (15-Ago-2006), San Felipe (28-Marzo-2024) y San Quintín (18-Julio-2024).

Baja California fue el primer Estado en el país que logró la operación conjunta de radios de nueva generación con otro tipo de tecnología convencional lo que facilitó el aprovechamiento de los recursos con los que ya se contaba en cada una de las instancias de Seguridad Pública.

El equipo de C5 desarrolló su propio sistema para la recepción de las llamadas de emergencias mismo que se entregó como aportación del Estado al Sistema Nacional de Seguridad Pública para ser explotado en otros Centros del País.

En el 2006 Se integran los sistemas de lectura de placas y video vigilancia que son operados y monitoreados por el personal del propio Centro,

El Centro C5 se convierte en la primera Institución de Atención de Emergencias fuera de Estados Unidos en la Certificación.



 


Certificaciones del C5


NOM (Norma Oficial Mexicana) NMX-CC-9001-IMNC-2015: Es una Norma Mexicana que las agencias de Seguridad Pública utilizan para articular sus programas de formación inicial de Operadores Telefónicos, con el cual se da cumplimiento a los estándares nacionales establecidos por la NOM

CALEA: Es un programa para Acreditación de Instituciones de Seguridad Pública, dirigido por una comisión.

Priority Dispatch: Es una guía sistematizada para la Atención de Emergencias únicas, en la cual se capacita al Operador Telefónico para otorgar los Primeros Auxilios.

NOM (Norma Oficial Mexicana) NMX-I-27001-NYCE-2015: Es una Norma Mexicana que permite el aseguramiento, la veracidad y la integridad de los datos y de la información, teniendo como alcance la Gestión y Protección de la Seguridad de la Información sobre los procesos Operativos, Administrativos y de Gestión para el acceso seguro de las instalaciones y uso de los sistemas de Información y Base de Datos.



 


Atribuciones


I. Planear, organizar, programar, dirigir, controlar y evaluar los servicios y las actividades que se realicen en los Centros de Control, Comando, Comunicación, Cómputo, Calidad y Contacto Ciudadano en el Estado;

II. Mantener coordinación con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad, las Instancias Federales, Estatales y Municipales correspondientes, así como con las Instituciones de Seguridad e Institución Policial y sus Auxiliares en la entidad, a que se refiere la Ley del Sistema, y las demás necesarias para el óptimo funcionamiento de los servicios proporcionados por los Centros de Control, Comando, Comunicación, Cómputo, Calidad y Contacto Ciudadano en el Estado;

III. Dirigir y coordinar el servicio de Asistencia Telefónica para responder y orientar a la población en casos de emergencias, coordinar rápida y eficientemente a las Instituciones Policiales, la Agencia Estatal de Investigación y Auxiliares, así como el establecimiento y actualización de los procedimientos necesarios para su operación, en los términos de la Ley del Sistema y demás disposiciones aplicables;

IV. Solicitar y recibir información en materia de Seguridad Pública, Procuración de Justicia, Prevención del Delito y la Violencia, de Protección Civil y de cualquier otra índole de las autoridades Federales, Estatales y Municipales, para los fines propios de la Dirección y, en su caso, canalizarla a las unidades administrativas de la Secretaría o la autoridad competente;

V. Dirigir y coordinar los proyectos, estrategias y actividades, así como supervisar la correcta operación de la Red Estatal de Comunicaciones de Seguridad y su interconexión a la Red Nacional, en términos de la normativa aplicable;

VI. Dirigir, coordinar e implementar la ejecución de los servicios y programas establecidos por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad y las instancias Federales, Estatales y Municipales correspondientes, aplicables a la entidad y que sean de su competencia;

VII. Mantener coordinación con las diversas Instituciones de Seguridad Pública, Instituciones Policiales en el Estado, la Agencia Estatal de Investigación, y los Auxiliares de estas en la entidad, en el resto del país y en el extranjero, así como con los demás centros destinados para la atención de llamadas de emergencia de la población del país y el extranjero, para hacer más eficiente dicho servicio en el Centro a su cargo;

VIII. Establecer procedimientos operativos de manera conjunta con las Instituciones Policiales en el Estado y la Agencia Estatal de Investigaciones, y sus Auxiliares en la entidad, a que se refiere la Ley del Sistema, para garantizar la eficacia del servicio de Asistencia Telefónica para la Atención de Emergencias;

IX. Establecer una mesa de trabajo mensual con las Instituciones Policiales en el Estado y sus Auxiliares en la entidad, a que se refiere la Ley de Sistema, y demás instancias de primera respuesta de cada municipio, con el fin de revisar y ajustar los tiempos de respuesta, incidentes contenidos en el catálogo, así como las prioridades de atención, entre otras tareas;

X. Coordinarse con las áreas de Protección Civil de los tres órdenes de Gobierno para la prevención de desastres naturales o emergencias mayores, así como para el auxilio de la población civil en caso de desastres;

XI. Establecer coordinación con el sector salud, así como con Instituciones de asistencia médicas públicas y privadas, para la prestación del servicio de Asistencia Telefónica para la Atención de Emergencias;

XII. Mantener coordinación con el área de estadística de Seguridad Pública de la Secretaría, para la realización de estudios, análisis, estadísticas e indicadores relacionados con la operación del servicio de Asistencia Telefónica para la Atención de Emergencias y la participación de las diversas Instituciones Policiales en el Estado, la Agencia Estatal de Investigación y sus Auxiliares en la entidad, a que se refiere la Ley del Sistema, en dicho servicio;

XIII. Supervisar que la infraestructura tecnológica de Seguridad Pública se mantenga en óptimas condiciones de operación y atención a la Ciudadanía;

XIV. Supervisar que el servicio de Asistencia Telefónica para la Atención de Emergencias se mantenga en óptimas condiciones de operación, así como que sea brindado bajo los estándares de calidad requeridos;

XV. Desarrollar, innovar, mejorar y ampliar los sistemas tecnológicos que en materia de Seguridad Pública presta el Centro a su cargo;

XVI. Realizar los estudios y evaluaciones pertinentes y, en su caso, gestiones ante las instancias correspondientes, que permitan ampliar la cobertura y mantener actualizada la infraestructura de la Red Estatal de Comunicaciones de Seguridad, así como para la prestación del servicio de Asistencia Telefónica para la Atención de Emergencias en la entidad;

XVII. Gestionar y proporcionar capacitación y actualización al personal de los Centros de Control, Comando, Comunicación, Cómputo, Calidad y Contacto Ciudadano en el Estado, así como de las diversas Instituciones Policiales en el Estado, la Agencia Estatal de Investigación, y las Auxiliares de estas en la entidad



 




ES UN SERVICIO GRATUITO QUE SE OFRECE LAS 24 HORAS DEL DÍA, LOS 365 DÍAS DEL AÑO.
ACTUALMENTE EXISTEN SIETE CENTROS C5 EN EL ESTADO.

Mexicali en operación desde mayo de 2001.
Teléfonos del Conmutador:
      686-559-80-00 y 686-559-80-90
Tijuana en operación desde octubre de 2001.
Teléfonos del Conmutador:
      664-607-89-00 y 664-607-89-12
Ensenada en operación desde diciembre de 2002.
Teléfonos del Conmutador:
      646-172-35-00 y 646-172-35-14
Tecate en operación desde noviembre de 2004.
Teléfonos del Conmutador:
      665-654-98-00. Fax 665-654-98-32
Playas de Rosarito en operación desde agosto de 2006.
Teléfonos del Conmutador:
      661-614-49-00 y 661-614-49-06
San Felipe en operación desde marzo de 2024.
Teléfonos del Conmutador:
      686-523-54-00 y 686-523-54-04
San Quintín en operación desde el 18 de julio de 2024.
Teléfonos del Conmutador:
      616-166-10-00