El Servicio Profesional de Carrera Policial tiene por objeto garantizar el desarrollo
institucional, la estabilidad, la seguridad e igualdad de oportunidades de los mismos,
elevar la profesionalización, fomentar la vocación de servicio, y garantizar el
cumplimiento de los principios constitucionales y de la Ley del Sistema Estatal de
Seguridad Ciudadana del Estado de Baja California, con fundamento Lo anterior con
fundamento en el artículo 3 del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera y del
Régimen Disciplinario de la Fuerza Estatal.
Además se encarga de Vigilar y observar que los cadetes, Miembros, así como el
personal a cargo, se apeguen a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia,
profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos, durante el desempeño de
sus funciones; Informar a la Contraloría Interna de la Secretaría, cuándo un Miembro
obtenga el resultado de no aprobado en las evaluaciones de permanencia a que sean
sometidos periódicamente como parte del cumplimiento de sus obligaciones; entre
otras atribuciones, así como Tramitar y sustanciar, por acuerdo correspondiente, los
procedimientos del régimen disciplinario de los Miembros d e la Institución Policial de
la Secretaría que se sigan ante la Comisión de Honor y Justicia, esto con fundamento
en el artículo 29 y 31 del Reglamento Interno de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.